La presente ley tiene por finalidad fomentar la sostenibilidad ambiental en las instituciones deportivas de la provincia, promoviendo prácticas que disminuyan el impacto ambiental y sensibilicen a la comunidad sobre la importancia del cuidado del medio ambiente.
Las acciones tendientes a disminuir el impacto ambiental y promover la sostenibilidad son las siguientes, sin perjuicio de otras que determine la autoridad de aplicación:
- Priorizar la reparación ante el descarte en los casos que sea posible.
- Implementar un sistema de separación en origen de los residuos y un procedimiento para la recolección diferenciada.
- Fomentar la reutilización de los residuos generados en el club
- Realizar compostaje comunitario de los residuos orgánicos generados en la institución y/o por los asociados/as del club
- Desarrollar huertas en bancales elevados, invernáculos, dispositivos verticales o macetas
- Organizar talleres de capacitación y educación ambiental vecinal en cuestiones ambientales
- Reemplazar la utilización de plásticos de un solo uso en las actividades deportivas o cualquier otro evento que sea realizado en sus instalaciones
- Instalar techos o terrazas verdes
- Promover la distribución de alimentos agroecológicos, funcionando como punto alimentario en la comunidad
- Implementar energías renovables
- Incorporar pautas de uso eficiente de la energía, del agua y demás servicios
- Organizar jornadas educativas, charlas y talleres en cuestiones ambientales dirigidas al personal del club, asociados y la comunidad en general.